Condiciones de Contrato de Charter de un velerol .GeneralidadesEl presente contrato establece las normas que rigen las relaciones entre la empresa de Charter y el diente. Entrega y devoluciònEl arrendador pone a disposiciòn del diente el velero objeto del contrato en la fecha y el lugar indicados. Si no lo hidera dentro de las 48 horas siguientes, el diente quedaria facultado para rescindir el contrato. Si la embarcaciòn fuera puesta a disposiciòn del diente de manera incompleta, este tendria el derecho de aminorar el Importe del Charter. El arrendador por su parte puede poner a disposiciòn del diente otra embarcacin de similar caracteristicas en cuanto a tipo y calidad. Si la categoria suministrada fuese menor, el precio de alquiler seria reducido, sin que se generen otros derechos de indemnizacion. La empresa arrendadora tiene que eligir un puerto cercano al estipulado si las condiciones tecnicas de aquel no permitiesen una entrega de la embarcaciòn en toda regla. La devoluciòn del velero tiene lugar en la fecha acordada en el puerto establecido por contrato. El estado del tiempo no libera al diente de la obligaciòn de devolver la embarcaciòn puntualmente.Cualquier otro arreglo precisa el esentimiento expreso del arrendador. Totos los gastos generados por la falta de devoluciön a tiempo correna cargo del diente. Si el diente no puede iniciar el Charter, tiene la obligaciön de informar al arrendador sin tardar. Si el arrendador consigue un diente sustituto el diente inicial sera reembolsado despues de deducir los gastos mas 100 € de gastos de administraciòn. En caso de anulaciòn hasta 8 semanas antes del inido del Charter se tiene que abonar el 40 por dento del alquiler acordado; en caso de anulaciòn ulterior vence el precio de alquiler completo. Sin embargo el diente puede presentar un sustituto. Se recomienda la contataciòn de un seguro especifico para prevenir tal eventualidad. Seguros3 .El velero lieva un seguro de responsabilidad civi! de cinco millones de euros mas un seguro de toto riesgo. La franquicia de estas polizas es la fianza acordada por cada siniestro. La existencia de los mencionados seguros no libera al cliente de su responsabilidad en los daños no indemnizados por la compania de seguros. Los efectos personales del cliente no estan cubiertos por las polizas. La fianza del cliente sirve para las reclamaciones del propietario del barco por danos o perdidas en el velero y su inventario, por la devolucion no puntual del yate o por cualquier incumplimiento del contrato de alquiler. La responsabilidad ne se limite al Importe de la fianza. La fianza se paga o bien en efectivo o con trajeta de credito en el puerto de entrega del yate. El uso del veleroEl cliente se compromete a no ceder la embarcacion a terceros, a no subarrendarie, a no usarle para el transporte remunerado de personas, a no aceptas a bordo mas personas que el numero de camarotes, a no participar en competiciones desportivas y a ilevar a remolque otros barcos solo en caso de extrema emergencia. El cliente entrega el velero con los Recorridos y permisos de navegacionEl area de Africa del Norte queda expresamente excluido. El diente tiene que ser titular de los permisos exigidos en los diferentes areas maritimas (por lo menos permiso oficial de navegacion de embarcaciònes deportivas, y "DSV.BR-Schein"). El cliente puede designar una persona titular de dichos permisos de entre la tripulaciòn. Clausulas especiales8..No se admiten animales a bordo.Queda prohibida qualquir modificacion del barco y su equipo sin el permiso del arrendador. Por razon tecnicas el motor se tiene que apagar en el momento en que la embarcaciòn entra en posidon oblicua. Juridicciòn competenteLas dos partes aceptan como lugar de |